Seguridad en las instalaciones temporales
AEVEA participó en la mesa redonda “Seguridad en las instalaciones temporales”, en el Foro de ASPEC (Asociación de Carpas e instalaciones temporales) representada por Carlos Velasco Hernando, Director del Departamento Técnico de Last Lap, junto a Jesús Serrano, Director Técnico de Feria de Zaragoza, representando a AFE, Patricia Gabeiras representando a FEMA, Samuel Mayordomo. Director General de Toldos Moñita y Vocal de ASPEC, Dolores Donoso Carrasco, Técnico Habilitado-Unidad Técnica- Sector Construcción, representante del I.R.S.S.T. Comunidad de Madrid, Javier Garmendia, representante de la Asociación ASELF y Francisco Soler, Concejal del Ayuntamiento de Santa Pola.
Presentó y moderó la mesa redonda Eric Mottard, Director General de EventoPlus, que comenzó preguntando por la normativa aplicable. Samuel Mayordomo aludió a la norma UNE y al Código Técnico de la construcción y PRL para los instaladores y ve necesario armonizar y acabar con la arbitrariedad. Carlos Velasco desde el punto de vista de las agencias comentó que se encuentra con que obligan a considerar un evento, con instalaciones temporales, obra de construcción si dura más de 24 horas, a lo que responde Dolores Donoso que consideran el montaje como obra y las actividades como evento. Jesús Serrano dice que la responsabilidad la tienen el recinto y el promotor (en los recintos feriales muchas veces es la misma figura) y cree que los stands no pueden considerarse construcción y lo que ello conlleva. Begoña Gabeiras precisa que puedes cumplir una ordenanza municipal y sin embargo puede llegar la inspección y obligar a la norma de construcción. Cree que hay que establecer un diálogo con el ayuntamiento y la comunidad autónoma para entenderse. Javier Garmendia apostilla que si los técnicos tienen manga ancha incurren en más responsabilidad y al mismo tiempo hay normas del año 39 sin derogar que si se aplican pueden hundir un evento.
Carlos Velasco precisó los 3 documentos técnicos, aparte de la pertinente documentación de PRL (de la que se ocupa el Departamento de Prevención), que se preparan para un gran evento (aunque no siempre los requieran, ya sea por parte del Ayuntamiento o un espacio privado) son:
– Memoria Técnica y Certificado de Montaje de Estructuras suscrito por técnico competente.
– Plan de Autoprotección, según lo dispuesto en el RD 393/2007.
– Certificación de la instalación eléctrica del evento. Es decir, Proyecto Eléctrico, o en su caso Boletín Eléctrico, legalizado por la Dirección General de Industria de la Comunidad Autónoma correspondiente.
Francisco Soler entiende que hablamos de proyectos de actividad, no de obra. En el Ayuntamiento de Santa Pola se ha hecho una ordenanza, en colaboración con ASPEC, para que se vigilen los puntos principales y facilitará mucho las cosas. Una vez aprobada la ponen a disposición de todos los Ayuntamientos para conseguir unificar criterios.
Samuel Mayordomo señala en relación a problemas que pueden acaecer con las instalaciones temporales, la falta en el lastrado o los fallos en las uniones del material. Dolores Donoso ve fallos en la coordinación de personas, que pueden producir accidentes. En ese aspecto es muy importante el plan de obra, como señala Carlos Velasco. Para Francisco Soler existe mucho intrusismo y hace falta una mayor formación técnica.
Como conclusión podría considerarse que con diálogo, aportación de la documentación necesaria para garantizar la seguridad del evento y voluntad de unificación de criterio entre distritos y entre ciudades, podrá ir facilitándose el desarrollo de eventos con instalaciones temporales como proyectos de actividad.
Beatriz González-Quevedo
Gerente de AEVEA